Política de Igualdad y NO Discriminación

OBJETIVOS

  • Promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre la comunidad universitaria y personal vinculado a las actividades propias de la UTVCO
  • Promover y garantizar la no discriminación en el acceso al empleo del personal de trabajo de la UTVCO y la prevención, atención y erradicación de aquellas conductas que menoscaben la integridad de la comunidad universitaria y personal vinculado, siempre en defensa de los derechos humanos.
  • Fomentar una cultura de paz, procurando ambientes sanos y condiciones de trabajo favorables que promuevan la conciliación de la vida laboral y personal, a través del desarrollo de acciones afirmativas en favor de la comunidad universitaria.

 

PRIMERO. GENERALIDADES

Es política de la UTVCO asumir acciones que promuevan la igualdad laboral y no discriminación dentro y fuera del centro de trabajo.

La igualdad laboral y no discriminación es de aplicación obligatoria para la comunidad universitaria, sin distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, sexo, género, identidad y expresión de género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, las opiniones, las orientaciones sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo; también se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, así como la discriminación racial y otras formas análogas de intolerancia.

Por lo que queda prohibido cualquier acto de violencia, maltrato y segregación de las autoridades del centro de trabajo hacia la comunidad universitaria y personal vinculado a las actividades propias de la UTVCO.

Esta política complementa las pautas del código de conducta de la UTVCO, el cual es la referencia básica de comportamiento del personal de trabajo.

 

SEGUNDO. RESPONSABILIDAD

La Rectoría de la UTVCO se compromete a revisar y dar cumplimiento a la presente política a través de las áreas correspondientes.

ES RESPONSABILIDAD DE LA COMISIÓN DE GÉNERO, NO DISCRIMINACIÓN E INCLUSIÓN LO SIGUIENTE:

  • Investigar, analizar y evaluar reportes reales respecto al hostigamiento sexual y/o de situaciones inequitativas o discriminatorias en caso de existir.
  • Guardar absoluta confidencialidad de los reportes y denunciantes, así como tomar a su juicio las acciones que considere pertinentes para corregir la situación.
  • Actualizar una vez al año este documento, a través de la Coordinación Académica (personal de docencia y comunidad estudiantil) y de la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales (personal de dirección y administrativo) para su aprobación.
  • Promover una cultura de igualdad laboral y no discriminación al interior de la UTVCO.
  • Promover que el personal de dirección y docencia ofrezcan a mujeres y hombres el mismo trato de respeto, legitimidad y autoridad en posiciones y puestos similares o inferiores.
  • No permitir ningún tipo de práctica discriminatoria.

ES RESPONSABILIDAD DEL COMITÉ DE ÉTICA Y DE PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS LO SIGUIENTE:

  • Incluir en sus Planes Anuales de Trabajo capacitaciones y acciones de prevención y formación sobre hostigamiento y/o acoso sexual, así como de violencia laboral dirigidas a servidoras y servidores públicos exclusivamente, conforme a los contenidos que establezca la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca.
  • Coadyuvar con la Comisión de Género, No Discriminación e Inclusión en la solución de casos cuando estén involucradas servidores y/o o servidoras públicos.
  • Tener un registro estadístico e informar a la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental los casos de hostigamiento y/o acoso sexual de servidores públicos, así como de violencia laboral que se registren en la UTVCO.
  • Guardar absoluta confidencialidad de los reportes y denunciantes, así como tomar a su juicio las acciones que considere pertinentes para corregir la situación.
  • Promover que el personal de dirección y docencia ofrezcan a mujeres y hombres el mismo trato de respeto, legitimidad y autoridad en posiciones y puestos similares o inferiores.

ES RESPONSABILIDAD DE LA COORDINACIÓN ACADÉMICA (PERSONAL DE DOCENCIA Y COMUNIDAD ESTUDIANTIL) Y DE LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES (PERSONAL DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRATIVO) EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES DAR SEGUIMIENTO A LO SIGUIENTE:

  • Implementar las acciones afirmativas y/o acciones a favor de la comunidad universitaria y atender las auditorías que se realizan anualmente.
  • Diseñar, implementar, operar y dar seguimiento a acciones afirmativas y/o acciones a favor de la comunidad universitaria.
  • Difundir y asegurar la igualdad laboral y no discriminación y el respeto a la diversidad en todas las áreas de la UTVCO.
  • Mantener un ámbito laboral en igualdad de condiciones y oportunidades.
  • Evaluar de igual forma en el reclutamiento y selección de personal a las personas postulantes para un puesto considerando la educación, experiencia y responsabilidad.
  • La descripción y perfil de cada puesto debe ser indistinto al sexo de la persona que podría desempeñarlo.
  • Redactar los contratos laborales con un lenguaje genérico e incluyente, sin hacer distinción al sexo.
  • Capacitar, formar, desarrollar profesionalmente y promover al personal de trabajo de la UTVCO de manera igualitaria y/o equitativa.
  • Basar en criterios no discriminatorios los sueldos, salarios y prestaciones para el personal, establecidos en el catálogo de puestos y tabulador de sueldos mensuales y analíticos de presupuesto plazas.
  • Promover acuerdos flexibles con el personal de trabajo de la UTVCO para que puedan balancear mejor su trabajo con las responsabilidades de su vida personal.
  • Promover un ambiente laboral que asegure las buenas relaciones y el cuidado de la salud del personal de trabajo de la UTVCO.

 

TERCERO. DEL HOSTIGAMIENTO, ACOSO SEXUAL Y LABORAL

La comunidad universitaria y personal vinculado debe abstenerse de realizar conductas verbales, físicas, o ambas, que puedan constituir actos de hostigamiento, acoso sexual y/o laboral dentro de la UTVCO.

Aquel acto contrario a promover y asegurar un ambiente sano y seguro dentro del entorno laboral, preservar la salud física y mental, estimular el desarrollo y desempeño profesional, puede ser considerado un acto de hostigamiento, acoso sexual y/o laboral que afecten en lo laboral.

Toda persona tiene derecho a ser protegida contra actos que afecten su dignidad.

La persona afectada puede ser cualquiera que se encuentre en las instalaciones de la UTVCO, y puede suceder en cualquier nivel de la organización sin importar autoridad en posiciones y puestos similares o inferiores.

Se aplicará el “Protocolo para la Prevención, Protección y Atención a casos de Acoso, Hostigamiento Sexual Y Violencia Laboral de la UTVCO” siendo el primer filtro el área de Atención Integral dependiente de la Coordinación Académica de esta universidad, y de acuerdo a la gravedad del caso y del personal que trate le dará seguimiento la Comisión de Género, No Discriminación e Inclusión y/o el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.

Trayectoria educativa, títulos, cedula profesional, certificados, reconocimientos.

 

CUARTO. DE LA DENUNCIA

Cualquier persona puede realizar la denuncia de una situación discriminatoria u hostigamiento, acoso sexual y/o laboral sin importar el nivel o área a la que pertenezca.

Las denuncias deben efectuarse con base en un hecho cierto o en una sospecha fundada de forma detallada.

Las denuncias deben ser reportadas a la Comisión de Género, No Discriminación e Inclusión, a través del área de Primer Contacto, y cuando se trate del personal de trabajo de la UTVCO dará a conocer las violaciones al Código de Conducta al Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés de la Universidad Tecnológica de los Valles Centrales de Oaxaca, a efecto de que esta coadyuve con las acciones al seguimiento del caso tratado.

 

QUINTO. SANCIONES

La infracción a las normas contenidas en este documento traerá como consecuencia, según la gravedad del caso, la imposición de las sanciones previstas en la normativa interna de la universidad o en su caso las establecidas en las leyes y reglamentos que sean aplicables.

SEXTO. PRINCIPALES FUNDAMENTOS

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
  • Ley Federal del Trabajo.
  • Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación.
  • Protocolo para la Prevención, Protección y Atención a casos de Acoso, Hostigamiento Sexual y Violencia Laboral de la UTVCO.
  • Código de Conducta para la Universidad Tecnológica de los Valles Centrales de Oaxaca.

 

GLOSARIO 

Comunidad Universitaria: Son aquellas personas estudiantes, rectora, docentes, directivos y administrativos de la UTVCO.

Comunidad estudiantil: Todos los estudiantes de la UTVCO.

Denuncia: Acto procesal por el que cualquier persona, verbal o por escrito, ante el Ministerio Público o autoridad competente relata hechos posiblemente constitutivos de delito perseguible oficiosamente.

Personal administrativo: Aquellas personas que sus labores se relacionan con tareas propias de oficina tales como, redacción y/o confección de documentos, recepción y clasificación de correspondencia, archivo de documentación, manutención de registros de personal.

Personal de dirección: Personal que tiene la responsabilidad de realizar, planificar, organizar, coordinar, dirigir y evaluar todas las actividades de las diversas áreas de la UTVCO.

Personal de docencia: Personal que desarrolla las funciones de enseñanza e investigación.

Personal de trabajo: Son todas las personas que laboran en la UTVCO e incluye al personal administrativo, de dirección y de docencia.

Personal vinculado: Son aquellas personas que se encuentran laborando en virtud de una contraprestación de servicios, que vienen a recorridos de visita y/o las que se encuentran de paso en virtud de alguna actividad especial y justificada en la UTVCO.

UTVCO: Universidad Tecnológica de los Valles Centrales de Oaxaca.